Todo lo que puedes hacer en caso de tener una deuda incobrable con Hacienda

Rita Báez
Rita Báez

A diario todos llevamos a cabo acciones que generan una obligación de pago de impuestos a Hacienda. Cuando compramos bienes o servicios pagamos el IVA; si somos propietarios de una vivienda, el IBI; si tenemos un salario por trabajar, estamos obligados a abonar el IRPF; o, si recibimos una herencia, tenemos que hacer frente al Impuesto de Sucesiones.

Ante tantos tributos, es normal que se den ciertos imprevistos que nos impidan afrontar el pago y generen una deuda con Hacienda. Si en tu caso, te declaras insolvente, pasarás a tener una deuda incobrable con la Administración. En este post te explicamos qué es y lo que puedes hacer para resolver tu situación sin que tengas que optar por alternativas que te endeuden más. ¡Comenzamos!

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¿Qué es una deuda incobrable con Hacienda?

Las deudas incobrables son aquellas que la entidad emisora, en este caso Hacienda, no puede cobrar de ninguna forma debido a que el titular de la misma se ha declarado insolvente. Es decir, una deuda se constituye como incobrable cuando la Agencia Tributaria ha empleado todos los recursos para recibir el importe que debe el contribuyente sin éxito en un plazo de 180 días. Esos recursos son las diferentes formas de reclamación y negociación extrajudicial con el ciudadano.

Para Hacienda, una deuda incobrable supone pérdidas pero, cabe aclarar que cuando una deuda tributaria es declarada incobrable, no se cancela y desaparece. Debes saber que, si como contribuyentes, nuestra situación económica cambia y conseguimos trabajo o comenzamos a percibir ingresos de alguna forma, la Agencia Tributaria estará atenta para reanudar el procedimiento de apremio (es decir, la ejecución forzosa de nuestros bienes) si la deuda aún no ha prescrito. 

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Plazos para liquidar una deuda con Hacienda

Para evitar que Hacienda te embargue, te resultará útil conocer cuáles son los plazos para liquidar tu deuda tributaria.

Si eres solvente, podrás saldar tu deuda obteniendo la carta de pago y abonando el importe en una entidad bancaria en el plazo de entre 15 y 30 días. Sin embargo, si lo prefieres, también es posible solicitar el aplazamiento o fraccionamiento del pago, eso sí, tendrás que aportar garantías. 

Ahora bien, si no cumples con la deuda y, además, ha pasado el periodo voluntario de pago, se iniciará el periodo ejecutivo en el que Hacienda podrá realizar acciones diversas para conseguir cobrar. Asimismo, si en este plazo de tiempo tampoco consigue el pago, enviará una comunicación reclamando la deuda y nos situará en el periodo de Apremio que, como te anunciamos antes, puede acabar con el embargo de nuestros bienes.

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Posibilidad de que una deuda tributaria declarada incobrable se extinga

¡Sí, has leído bien! Las deudas con hacienda que pueden llegar a prescribir. Ahora bien, en la práctica raramente ocurre ya que como te acabamos de indicar, desde que recibas cualquier mínimo de ingresos, Hacienda estará pendiente para tomarlos como parte de pago. Por ello, la prescripción de la deuda como modo de solventar la deuda con la Agencia Tributaria, no siempre es seguro y efectivo. 

Por otra parte, muchos ciudadanos han optado por recurrir a préstamos personales o créditos online para evitar el embargo de Hacienda pero han acabado en una situación de sobreendeudamiento mucho peor con bancos y financieras privadas. 

Como consejo, si tienes una deuda que no puedes pagar con Hacienda, evita solicitar financiación. No obstante, si lo has hecho y ya te encuentras en impago, recuerda que una refinanciación solo sirve para aumentar el total de tu deuda y que cada vez necesites más dinero para satisfacer tus obligaciones financieras. Ante el impago de los préstamos que pediste para pagar la deuda a Hacienda, recurre a profesionales en el terreno legal y financiero que sabrán proporcionarte una solución adaptada y conveniente para tu caso. 

Por ejemplo, reunificar tus deudas en una sola cuota y negociar con las entidades para pagar menos al mes y en total. Además, si te hubieran aplicado intereses usuarios y cláusulas abusivas, podrán reclamar por ti para que incluso te devuelvan el dinero que te han cobrado indebidamente. Asimismo, si tu situación es de quiebra, la Ley de la Segunda Oportunidad puede ser la alternativa que te puede permitir liberarte de tus deudas con la aprobación del Beneficio de Exoneración del Pasivo Insatisfecho (BEPI).

¡Consúlta a Soluciona Mi Deuda! Somos una empresa con profesionales especializados en la cancelación de deudas con ambos mecanismos. Muchos españoles ya han conseguido poner fin a las deudas que contrajeron al pedir un préstamo para pagar a Hacienda. ¡A ti también te podemos ayudar!

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Preguntas frecuentes

Normalmente las deudas con Hacienda vienen derivadas del impago de impuestos. Cuando no pagamos las tasas que nos corresponden en el plazo fijado para ello, comenzará a contar el periodo voluntario de pago y posteriormente el ejecutivo. En este último punto, ocurre que ya deberemos abonar el importe del impuesto más un recargo de hasta un 20% en función del tiempo que tardemos en saldar la deuda tributaria.

Ahora bien, si incumples también el plazo ejecutivo, Hacienda enviará una notificación a tu domicilio dándote un nuevo margen para pagar. Ésta será la última oportunidad para satisfacer tu deuda con la Agencia Tributaria y no sufrir mayores consecuencias. Pero, de no aprovecharla, se dictará una Providencia de Apremio que implica el embargo de los bienes que sean necesarios para hacer frente a la deuda, los intereses generados y las costas judiciales.

Un deudor insolvente es aquella persona que no puede afrontar el pago de sus obligaciones, es decir, no puede pagar las deudas. Por tanto, si no contamos con dinero suficiente ni ningún otro tipo de bienes para pagar nuestros gastos y deudas, somos insolventes. 

Cuando esto ocurre, tus deudas no desaparecen, solo se mantienen a la espera a que en algún momento futuro puedas saldarlas. Y es que, debes tener en cuenta que cuando adquirimos deudas nos comprometemos a satisfacerlas tanto con nuestros bienes presentes como futuros.

Ahora bien, en condición de insolvencia y reuniendo otros requisitos, la Ley de Segunda Oportunidad podría liberarnos de las deudas mediante la aprobación del Beneficio de Exoneración del Pasivo Insatisfecho (BEPI).

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