¿Qué dice el tribunal supremo sobre las tarjetas revolving?

Carlos
Carlos

Las tarjetas revolving se han vendido como un producto ventajoso, que proporciona crédito instantáneo destinado al consumo. Sin embargo, su uso genera un sobreendeudamiento que ha afectado a cientos de usuarios. Ante esta situación de clara desventaja, el Tribunal Supremo se ha pronunciado y ha fallado a favor de los perjudicados.

En este post vamos a profundizar acerca de esta polémica, poniendo sobre la mesa los inconvenientes y abusos que ha propiciado esta fórmula de crédito.

¡Empezamos!

Los principales inconvenientes de las tarjetas revolving 

  • Falta de transparencia. Las empresas emisoras ocultan información deliberadamente, a través de cláusulas imposibles de entender.
  • Intereses excesivos. Aplican cantidades superiores a las acordadas en el contrato inicial.
  • Intereses variables. En ocasiones se cambia el porcentaje de aplicación sin informar a los interesados.
  • Aplazamiento de pagos. Con este recurso pretenden que la vinculación con la tarjeta revolving se dilate en el tiempo, a fin de seguir aplicando la carga de intereses.
  • Fomentan el consumo. También animan a gastar más y con mayor frecuencia, buscando que el usuario acabe en una espiral de sobreendeudamiento.
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El fallo del Tribunal Supremo

El Tribunal Supremo de España ha declarado que los intereses derivados del uso de estas tarjetas son claramente usureros. 

Esta resolución se ha valido de la Ley de 23 de julio de 1908, que pone el foco en la represión de la usura. Por lo tanto, se subraya el carácter marcadamente abusivo de estos dispositivos, que en muchos casos aplican hasta un 27% de recargo. El exceso y la desproporción quedan debidamente demostrados y sancionados.

La sentencia 628/2015, de 25 de noviembre, es la primera resolución que evalúa la licitud de los intereses contraídos. Un lustro más tarde, el fallo 149/2020 de 4 de marzo, cataloga como usurarios a aquellos contratos revolving con intereses remuneratorios superiores al 20%.

No obstante, este organismo deja la puerta abierta a la interpretación de “cuánto” se puede superar este límite sin caer en la usura. 

Por último, profundiza en la vulnerabilidad del prestatario en este tipo de créditos, ya que, «con las condiciones de solvencia y garantías disponibles no pueden acceder a otros créditos menos gravosos, y las propias peculiaridades del crédito revolving, en que el límite del crédito se va recomponiendo constantemente, las cuantías de las cuotas no suelen ser muy elevadas en comparación con la deuda pendiente y alargan muy considerablemente el tiempo durante el que el prestatario sigue pagando las cuotas con una elevada proporción correspondiente a intereses y poca amortización del capital, hasta el punto de que puede convertir al prestatario en un deudor «cautivo», y los intereses y comisiones devengados se capitalizan para devengar el interés remuneratorio».

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Vínculo entre entre las Tarjetas Revolving y la Ley de Usura

La ley de Usura ha sido clave para llegar a esta resolución. Conocida como Ley Azcárate, este texto legal profundiza en la nulidad de los contratos de préstamos usurarios e intereses desproporcionados. También evalúa la transparencia de la información facilitada antes de la firma del contrato. 

Así, el primer artículo de la ley de Represión de la Usura puntualiza que:

“Será nulo todo contrato de préstamo en que se estipule un interés notablemente superior al normal del dinero y manifiestamente desproporcionado con las circunstancias del caso o en condiciones tales que resulte aquél leonino, habiendo motivos para estimar que ha sido aceptado por el prestatario a causa de su situación angustiosa, de su inexperiencia o de lo limitado de sus facultades mentales”.

Actualizaciones respecto a las tarjetas revolving 

Desde el 27 de Julio de 2020, las entidades están obligadas a informar trimestralmente del importe del crédito a devolver, así como de los tipos de interés aplicados y la fecha prevista de finalización del reembolso. Por otro lado, los usuarios tienen derecho a exigir información adicional, completa y actualizada. Estos datos han de proporcionarse en papel o formato digital.

En la actualidad, las tarjetas Revolving con los intereses más altos son las siguientes:

  • Después Oro BBVA, 27,49% TAE.
  • Después BBVA, 25,41% TAE.
  • Tarjeta Compras Bankia, 26,08% TAE.
  • Visa & Go de CaixaBank 24,9% TAE.
  • Wizink Oro, 21. 94 % TAE.
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Conclusiones sobre el impago de intereses abusivos

  • Has de saber que el impago no es una situación que se exponga públicamente. Tienes derecho a la privacidad, y el acceso a este tipo de información solo lo tienen las entidades financieras, bancos y hacienda.
  • Llegar a una situación de impago (provocado por la falta de dinero) es el contexto idóneo para tratar de renegociar las deudas. Es importante contar con los servicios de un profesional, ya que por mucho que el afectado exponga su buena intención y disposición, el acreedor jamás se amolda a la compleja realidad por la que pasa el afectado.
  • La legislación española protege a las personas que tienen salarios especialmente precarios. Las personas que estén por debajo del SMI no podrán sufrir embargos en la nómina, y las que tengan un salario cercano al mismo podrán ser embargados sólo hasta cierto límite

Podemos concluir que las tarjetas revolving están lejos de ser un producto recomendable. Se basan en el desconocimiento del usuario, y suelen emplearse para afrontar épocas complicadas en lo económico. Esto deriva en cantidades imposibles de afrontar, con un impacto tremendo en la vida de los titulares y en sus perspectivas de futuro. Este hecho abusivo delata los intereses de la compañía, y es el principal recurso al que agarrarse para obtener una cancelación de la tarjeta de crédito o devolución total.

Esperamos que esta información sea de verdadera utilidad. Te recomendamos el programa de Soluciona Mi Deuda con el que podrás unificar deudas o iniciar el procedimiento de la Segunda Oportunidad. Nos adaptamos al contexto de cada uno, porque no todas las experiencias son iguales.

Además, estarás siempre asesorado por los mejores profesionales del ámbito legal y financiero. Estamos a tu disposición para cualquier incidencia que pueda producirse en el momento presente o en el futuro. Trabajamos para particulares y autónomos que no puedan hacer frente a sus deudas, además de darte asesoramiento sobre la Ley de Segunda Oportunidad.

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