Todo sobre la condonación de deuda y su significado

Rita Báez
Rita Báez

Tener deudas pendientes con una entidad financiera, la administración pública o incluso con un particular, nos pone ante una situación apurada. Ahora bien, para superar el bache financiero que atravesamos existen diversas opciones que nos pueden ayudar a dejar atrás las deudas. En este post te hablamos de una de ellas: la condonación

¡Quédate leyendo para conocer este acto que podría liberarte de tus obligaciones para siempre!

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Qué es la condonación de deuda

Empezamos por el significado de condonación de deuda.

La Real Academia Española de la Lengua define condonar como perdonar o remitir, por tanto, la condonación de deuda supone la liberación  de una obligación económica por parte de una entidad hacia su deudor. La decisión del acreedor de renunciar al cobro de la deuda puede suponer la cancelación parcial o total.

Este acto jurídico está regulado por el Código Civil que recoge las distintas formas en las que la condonación puede darse, quien la hace y los momentos en los que se puede llevar a cabo en función de la situación particular. 

La condonación de deuda es una iniciativa que surge del acreedor, en el ejercicio de su derecho al crédito. En otras palabras, no se trata de un acuerdo o pacto entre la entidad y el deudor, sino de una decisión tomada unilateralmente. Además, se lleva a cabo de manera gratuita sin que el deudor tenga que hacer frente a ninguna contraprestación

Límites de la condonación de deuda

Es necesario saber que, aunque se trate de un acto unilateral de la entidad, la condonación de deuda está limitada por lo establecido por en el artículo 636 del Código Civil. 

En el mencionado artículo se recoge que ningún acreedor podrá condonar una deuda que suponga más de lo que puede dar por testamento. Además, debe tratarse como una donación inoficiosa que no exceda de la medida anterior.

Por otro lado, al tratarse de la renuncia del derecho al crédito, la condonación está sujeta a las normas de renuncia de derechos que se indican en el artículo 6.2 del Código Civil, a la vez que las referentes a las donaciones. En este sentido, se señala que la renuncia de derechos sólo es válida si no son contrarias al interés o orden público de terceros.

En resumen, el acreedor puede condonar partiendo de los derechos renunciables que tenga, aquellos que no perjudiquen a otros.

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Tipos de condonación

Hay distintas clasificaciones de condonación de deuda. Te las indicamos en este apartado.

  • En función de la voluntad del acreedor:
    • Voluntaria. – El acreedor decide voluntariamente rechazar el cobro de la deuda. 
    • Forzada. – El acreedor es obligado a renunciar al cobro. Esto suele ocurrir en caso de quiebra o en concursos de acreedores. 
  • En función de la cuantía de la deuda:
    • Total. – Se libera de la obligación económica en su totalidad.
    • Parcial. – Se perdona solo una parte de la deuda.
  • En función de cuándo se realiza:
    • Inter vivos. – Cuando se produce entre acreedores y deudores en vida. 
    • Mortis causa. – Cuando se produce a partir de un fallecimiento. Es importante recordar que las deudas no desaparecen cuando su titular muere, sino que se convierten en parte de la herencia. No obstante, ciertos productos de financiación que tienen seguro de vida, se hacen cargo de la deuda cuando fallece el deudor. En este caso, no sería exactamente una condenación sino cancelación de la deuda. 
  • En función de la forma:
    • Expresa. – Realizada ante notario que certifica la condonación. 
    • Tácita o presunta. – El acreedor lleva a cabo acciones inequívocas relativas a la liberación de la deuda. El Código Civil establece que dos actos inequívocos suponen la renuncia al cobro.  

Consecuencias de la condonación de deuda

Ahora que sabes qué es la condonación de una deuda y cómo se puede realizar, habrás entendido que supone la suspensión de la deuda para el deudor y la extinción del derecho al crédito para la entidad acreedora. En otras palabras, implica que la obligación deja de existir. Por tanto, la principal consecuencia se refleja en la contabilidad del acreedor que deja de recibir un dinero que prestó. 

Como te anunciamos antes, las condonaciones deben ser tratadas como donaciones inoficiosas, lo que implica que se ajuste a las formas de una donación. No te pierdas nuestro post sobre la tributación quita de una deuda hipotecaria.

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Ámbitos donde se puede producir la condonación de deuda

Si te encuentras leyendo este post es posible que te interese saber cómo liberarte de una deuda y en qué situaciones puedes conseguirlo. En este último apartado te indicamos los ámbitos en los que la condonación se puede producir.  Son dos principales:

  • Público. – Si el deudor es una institución pública, raramente ocurre la condonación ya que los acreedores no suelen renunciar al cobro fácilmente. De hecho, lo habitual es que el Estado se encuentre en una situación de suspensión de pagos. Ahora bien,  cancelar deudas públicas bajo la decisión del Estado como acreedor sólo es posible en las situaciones previstas por ley y cuando se den causas inevitables de justicia.
  • Privado. – En esta ocasión, tanto los deudores como los acreedores son personas físicas y/o empresas. 

A modo de conclusión, nos corresponde decir que, sobre todo, la condonación de deuda bancaria en la práctica ocurre muy pocas veces pues ninguna entidad está dispuesta a perder un dinero que ha prestado con la emisión de un préstamo, tarjeta de crédito o cualquier otro tipo de financiación. Por ello, si tienes deudas que deseas resolver, lo ideal es recurrir a expertos que te ayuden a negociar con las entidades. De esta manera, no esperarás por una condenación que no llegará nunca y podrás pagar lo que es justo y puedas en función de tu situación económica. 

Soluciona Mi Deuda está compuesta por un equipo de profesionales con amplia experiencia en la liquidación y cancelación de deudas. Trabajamos con la reunificación y negociación de deudas que permite a nuestros clientes pagar menos al mes y en total para acabar con sus obligaciones con las entidades. Asimismo, en casos en los que la situación económica del usuario es más extrema, tramitamos la Ley de Segunda Oportunidad para ellos, lo que les permite beneficiarse incluso la exoneración.  

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Preguntas frecuentes sobre la condonación de deuda

Aunque la condonación de deuda, ya sea total o parcial, se realice con ánimo liberador, es uno de los hechos imponibles del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones. Ahora bien, la existencia de un “animus donandi” (transmitir un bien a título gratuito), supone el impedimento del gravamen por este impuesto ya que no completa el presupuesto de hecho que forma el hecho imponible. 

Eso sí, en el caso de que sea una sociedad quien acuerde la condonación de una deuda resultante de un préstamo, se califica ésta como un rendimiento de capital mobiliario que, consecuentemente, está sujeto al Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.

La condonación de una deuda se puede formalizar de dos maneras principales: expresa y tácita. En el primero de los casos, el perdón de la deuda se oficializa judicialmente ante un notario. En el segundo de los casos, la condonación se sobreentiende debido a las acciones que hace el acreedor. 

No existe un límite a partir del cual se deban declarar las donaciones. De hecho, cualquier cantidad que se transfiera a un hijo u otra persona debería ser declarada. Ahora bien, ten en cuenta que a partir de ciertas cantidades -alrededor de los 3.000€- el banco estará obligado a informar a Hacienda. 

La Ley 42 del 5 de octubre de 2015 rige la prescripción de deudas entre particulares. En ella se recoge que las deudas contraídas a raíz de una operación entre particulares y que no posean un plazo de caducidad estipulado, vencen tras 5 años. No obstante, para establecer una fecha se tendrá en cuenta el tipo de deuda. 

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