Toda persona que decide trabajar por cuenta propia en España está obligada a pagar a la Seguridad Social un importe de dinero al mes en concepto de cuota de autónomo. Por ahora, este pago obligatorio es independiente de los ingresos del trabajador, sin embargo, recientemente -en agosto de 2022- se ha aprobado un real decreto-ley por el que se instaura a partir de 2023 un sistema con nuevas cuotas para los autónomos según sus ingresos.
Tanto si ya eres trabajador por cuenta propia como si estás pensando en serlo, te interesará conocer qué es la cuota de autónomo y su próxima reforma. Pero también sería muy conveniente consultar si tienes deudas con la Seguridad Social si eres autónomo. Conoce de antemano las consecuencias. En este post te explicamos todo lo necesario. ¡Quédate leyendo!
Respondemos todas tus preguntas sobre el procedimiento que te cambiará la vida.
Fecha de vigor y novedades de la nueva cuota de autónomos
El 1 de enero de 2023 se pone en marcha la nueva reforma del sistema de cotizaciones para trabajadores por cuenta propia dejando atrás la denominada tarifa plana para autónomos e implantándose 15 tramos de cotización en función del rendimiento neto del trabajador.
El cambio de la base de cotización de autónomos se irá realizando de manera progresiva durante los próximos tres años, reduciendo la cuota mínima y aumentando la máxima hasta que en 2025 la cuota más baja sea de 200€ para los autónomos con ingresos de menos de 670€ al mes, y la cuota más alta sea de 590€ para aquellos trabajadores con rendimientos por encima de los 6.000€ mensuales.
Además, entre las novedades de esta reforma se encuentran, por un lado, la ampliación de las modalidades de cese de actividad con el fin de mejorar la cobertura y, por otro, la cuota reducida de 80€ mensuales para los nuevos autónomos durante su primer año, pudiéndose prorrogar por otro más.
Desgravación de la cuota de autónomo
Con los cambios recogidos, los rendimientos netos pasarán a ser calculados deduciendo de los ingresos todos los gastos generados del ejercicio de la actividad y requeridos para la obtención de los ingresos y, adicionalmente, sobre la cantidad resultante, se desgravará un 7% (3% en el caso de los autónomos societarios) por gastos genéricos.
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Cuánto se pagará por ser autónomo el próximo año
Ahora que sabes qué es la cuota de autónomo y cuáles son las principales novedades de la reforma de cotizaciones, te interesará saber exactamente cuánto tendrás que pagar el próximo año si eres autónomo. En este apartado te presentamos la propuesta del Gobierno para la cotización de autónomos en 2023, 2024 y 2025.
Tramo rendimiento neto | Cuota | ||
2023 | 2024 | 2025 | |
Hasta 670 | 230 | 225 | 200 |
De 670 a 900 | 260 | 250 | 240 |
De 900 a 1.166,7 | 275 | 267 | 260 |
De 1.166,7 a 1.300 | 291 | 291 | 291 |
De 1.300 a 1.500 | 294 | 294 | 294 |
De 1.500 a 1.700 | 294 | 294 | 294 |
De 1.700 a 1.850 | 310 | 320 | 350 |
De 1.850 a 2.030 | 315 | 325 | 370 |
De 2.030 a 2.330 | 320 | 330 | 390 |
De 2.330 a 2.760 | 330 | 340 | 415 |
De 2.760 a 3.190 | 350 | 360 | 440 |
De 3.190 a 3.620 | 370 | 380 | 465 |
De 3.620 a 4.050 | 390 | 400 | 490 |
De 4.050 a 6.000 | 420 | 450 | 530 |
Desde 6.000 | 500 | 530 | 590 |
Como te habrás dado cuenta al observar la tabla anterior, beneficiará sobre todo a aquellos autónomos consiguen un rendimiento inferior a los 1.300€. Mientras que aquellos que reciban ingresos de entre 1.300 y 1.700 seguirán pagando la misma cuota y los que ganen por encima de ésta última cifra, tendrán que pagar más.
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Consecuencias de no pagar la cuota de autónomos
Estar al corriente de pago de la cuota de autónomos es fundamental pues, como te indicamos al inicio de este post, es una obligación además necesaria para optar a determinadas prestaciones y ayudas que dependen de la Seguridad Social. Por lo tanto, aquellos trabajadores que no pueden abonar su cuota están contrayendo una deuda con la institución, algo que tiene consecuencias.
La primera consecuencia de no pagar la cuota de autónomo un mes es un recargo del 10%. Sin embargo, si el impago de la cuota se prolonga más de dos meses el recargo que nos aplicará la Seguridad Social será del 20% y, además, nos cobrará intereses de demora.
Por otro lado, en el momento en el que la Administración contabilice dos meses sin abonar la cuota de autónomo, la Seguridad Social tiene el derecho de solicitar el embargo de las cuentas del trabajador para cobrar la deuda y si con ello no tuviera suficiente, podrá expedir un documento de liquidación y el recargo aumentará hasta el 35%.
El impago de la cuota de autónomo puede sumergir al trabajador en serios problemas económicos e incluso legales si la deuda con la Seguridad Social llegase a superar los 50.000€ en cuatro años. Por estos motivos, es importante poner solución a las deudas públicas lo antes posible para evitar recargos, intereses o que se produzca un embargo.
Si en tu caso estás en impago, no esperes a que prescriban las deudas con la Seguridad Social ya que, por norma general, la Administración suele estar atenta y no permitirá que eso ocurra. Existen mecanismos como la Ley de la Segunda Oportunidad con los que podrías establecer un plan de pagos adaptado y saldar tu deuda. Recurre a asesoramiento legal y financiero que pueda orientarte en la mejor solución para ti.
En Soluciona Mi Deuda contamos con abogados especializados en Ley de Segunda Oportunidad y otros procedimientos para resolver deudas que ya han ayudado a muchos autónomos a volver a respirar tranquilos. Contáctanos para que te ayudemos a ti también.
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Preguntas frecuentes
¿Cómo se calcula el rendimiento neto de un autónomo?
El rendimiento neto de un autónomo se calcula a través de una sencilla fórmula. A los ingresos obtenidos por el ejercicio de la actividad profesional del trabajador se le restan los gastos. A la cantidad resultante se le deduce un 7% -un 3% para los autónomos societarios- en concepto de gastos genéricos.
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