Créditos ordinarios: características, tipos y requisitos

Alejandra Marín
Alejandra Marín

Si tienes deudas y buscas una solución a través de la Ley de la Segunda Oportunidad, te interesará conocer una serie de conceptos como el de créditos ordinarios. En éste post, te hablamos sobre su significado, sus características, tipos y requisitos para que estés bien informado si decides acogerte al concurso de la Segunda Oportunidad para personas físicas.  ¡Quédate leyendo! ¡Empezamos ya!

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¿Qué es el crédito ordinario?

El crédito ordinario es un tipo de producto financiero que emiten los bancos y entidades. Se trata de una forma habitual de financiación que permite a las personas acceder a liquidez para cubrir cualquier tipo de necesidad. A diferencia de otros créditos -como préstamos hipotecarios o de coches-, éstos créditos no están vinculados a ningún bien. Es decir, al contratarlos no es necesario poner bienes como garantía de pago.

Características de los créditos ordinarios

Para saber más en profundidad acerca de estos créditos, te enumeramos algunas de sus características principales que los clasifican como tal al acogerte a la Ley de la Segunda Oportunidad.

  1. Flexibilidad en el uso del dinero. – A diferencia de los préstamos específicos, los créditos ordinarios no van destinados a ningún fin en particular. Esto quiere decir que el dinero que presta el banco puede ser utilizado por la persona a discreción, ya sea para proyecto personal, cubrir imprevistos o, incluso, saldar deudas. No obstante, recomendamos evitar éste último propósito ya que implica contraer nuevos intereses que acabarán aumentado el importe de la deuda. Existen opciones como la Ley de la Segunda Oportunidad o la reunificación de deudas con expertos en negociación que no incrementarán tu endeudamiento. ¡Consúltanos para más información!
  2. Cantidad y plazos variable. – Los créditos ordinarios ofrecen la posibilidad de solicitar importes diversos, dependiendo de las necesidades individuales. Además, los plazos de pago también pueden adaptarse a las posibilidades y preferencias del solicitante, estableciendo un cronograma de pagos acorde a su capacidad de reembolso.
  3. Proceso de solicitud relativamente rápido. – Comparado con otros tipos de préstamos, los créditos ordinarios suelen tener un proceso de solicitud y aprobación más ágil puesto que no requieren cierta documentación y requisitos.
  4. Requisitos diversos. – Si bien los créditos ordinarios también consideran aspectos como el historial crediticio y la capacidad de pago del solicitante, en general, presentan requisitos algo menos restrictivos en comparación con otros préstamos especializados. Esto significa que un rango más amplio de personas puede acceder a este tipo de crédito. Ahora bien, cabe destacar que cada banco y entidad tiene sus propios requisitos. Por ejemplo, si solicitas un microcrédito es posible que no te pidan muchos requisitos. Algunas entidades, incluso, te prestarán dinero estando en ASNEF. Pero, ¡cuidado! A cambio, suelen imponer peores condiciones, siendo en algunos casos completamente abusivas. 
  5. Tasas de interés y cargos financieros. – Como cualquier financiación, los créditos ordinarios están sujetos a tasas de interés y cargos financieros, los cuales pueden variar según la entidad prestamista y la situación crediticia del solicitante. Es importante comparar las diferentes opciones disponibles y analizar cuidadosamente las condiciones financieras antes de comprometerse con un préstamo en particular. Como te anticipamos en el punto anterior, algunas entidades se aprovechan del desconocimiento para aplicar porcentajes de interés altísimos que llegan a ser usurarios. Por suerte, éstos pueden reclamarse por Ley y conseguir incluso que queden anulados. En estos casos, ¡Soluciona Mi Deuda te ayuda a recuperar lo que es tuyo!
  6. No requiere garantía específica. – Los créditos ordinarios no requieren garantía específica. Esto quiere decir que no es necesario ofrecer un bien como garantía para obtener el préstamo. 

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Tipos de créditos ordinarios

Ahora que conoces qué son los créditos ordinarios y cuáles son sus principales características, vamos a hablar de los tipos que existen con algunos ejemplos para que puedas identificarlos.

  1. Préstamos personales: Aquellos solicitados a bancos o entidades financieras para cubrir gastos puntuales o imprevistos.
  2. Tarjetas de crédito: Son instrumentos ampliamente utilizados en todo el mundo e implican la concesión de un crédito que se renueva cada mes con el pago de cuotas. Habitualmente, este tipo de producto suele generar deudas infinitas cuando tienen asociada la modalidad de pago revolving. Si por más que abonas las cuotas, tu deuda no acaba, es momento de que acudas a un profesional para que analice tu tarjeta. ¡Los intereses (probablemente altísimos) que te aplican pueden ser la razón por la que estás atrapado en una deuda infinita!
  3. Préstamos preconcedidos: Son concedidos por los bancos a sus clientes como un servicio adicional, sin que los hayan solicitado específicamente.
  4. Préstamos financieros online: Suelen ser financiaciones rápidas que ofrecen los bancos u otras entidades a través de internet. 
  5. Microcréditos: Son préstamos de pequeña cantidad que se otorgan a personas o grupos que no tienen suficientes garantías para acceder a otros tipos de financiamiento. Por lo general, suelen contar con altos intereses y plazos de devolución muy cortos. 
  6. Reunificaciones de deuda sin vivienda como garantía: Consiste en consolidar todas las deudas de una persona en una sola deuda. Si bien la deuda total aumenta debido a los nuevos intereses del préstamo, la persona paga una cuota mensual que suele ser más baja que la suma de las cuotas de los préstamos anteriores porque el plazo de pago se extiende. 
  7. Facturas: Se refieren a los pagos pendientes por servicios o suministros que deben ser cancelados dentro de un periodo de tiempo determinado.
  8. Seguros: Incluyen seguros de salud, vehículos o del hogar, que se contratan para ser pagados en cuotas.
  9. Deudas corrientes con proveedores: En el caso de autónomos, se trata de deudas que se generan por la compra de materiales o por la prestación de servicios a proveedores.
  10. Además, de los créditos anteriores, cuando se pierde una vivienda o un vehículo -que era crédito privilegiado porque estaba garantizados con el bien- el remanente de deuda pasa a ser un crédito ordinario ya que ese bien que garantiza el crédito ya no está a nombre del deudor. 
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Requisitos de los créditos ordinarios

Los requisitos para obtener créditos ordinarios pueden variar según la entidad financiera y el tipo de financiación. Algunos de los más comunes son:

  • Edad: Por lo general, se requiere ser mayor de edad (18 años o más) para solicitar un crédito ordinario. Algunas entidades pueden tener requisitos de edad mínima más altos.
  • Documentos de identidad: Se solicitará la presentación de documentos de identificación válidos, como DNI o pasaporte.
  • Historial crediticio: Suele utilizarse para determinar la capacidad de pago del solicitante y su comportamiento previo en relación con otros créditos o deudas. Un buen historial crediticio aumenta las posibilidades de obtener un crédito, mientras que un historial negativo puede dificultar la aprobación.
  • Ingresos y capacidad de pago: Se requiere demostrar una fuente de ingresos estable y suficiente para hacer frente a los pagos del préstamo. Esto puede incluir la presentación de comprobantes de ingresos, como recibos de sueldo, extractos bancarios u otros documentos que respalden los ingresos declarados.
  • Estabilidad laboral: Las entidades financieras también pueden evaluar la estabilidad laboral del solicitante, considerando la antigüedad en el empleo actual y la continuidad en el historial laboral.
  • Deudas existentes: Es posible que se solicite información sobre las deudas actuales del solicitante, incluyendo préstamos, tarjetas de crédito u otras obligaciones financieras. Esto ayuda a evaluar la capacidad de pago y la carga de deuda actual.

Es importante tener en cuenta que estos son requisitos generales y que cada entidad financiera puede tener sus propios criterios específicos. Antes de solicitar un crédito ordinario, es recomendable investigar y comparar las opciones disponibles, así como leer detenidamente los términos y condiciones del préstamo para evitar condiciones que perjudiquen nuestra economía. Asimismo, es fundamental analizar nuestra capacidad de pago. Lo recomendable es que la deuda total que tengamos no suponga más del 30% de nuestros ingresos mensuales. 

Si cumpliste los requisitos anteriores y solicitaste créditos ordinarios sin que puedas asumirlos a día de hoy necesitas una solución que puede pasar por reunificar tus deudas con la ayuda de expertos en negociación o iniciar la Ley de la Segunda Oportunidad. Con éste último mecanismo podrás conseguir incluso la exoneración del pago.

En relación con el procedimiento de la Segunda Oportunidad, te interesará saber que el artículo 269 de la recientemente reformada Ley Concursal indica que se consideran créditos ordinarios aquellos que no son privilegiados o subordinados

Una vez iniciado el concurso, se analizan y clasifican las deudas. Conocer la clasificación de los distintos tipos de créditos resulta importante pues determina el orden de cobro de las deudas en el procedimiento. Se da prioridad de cobro a los créditos privilegiados, luego a los ordinarios y, por último, a los subordinados. 

Para saber más sobre la Ley de la Segunda Oportunidad y comprobar que es la solución que necesitas para tus deudas, asesórate con Soluciona Mi Deuda. Somos especialistas en gestión y cancelación de deudas en toda España. Ya hemos ayudado a más de 4.000 familias a recuperar la tranquilidad. ¡A ti también te podemos ayudar!

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Preguntas frecuentes sobre los créditos ordinarios

Los acreedores ordinarios son aquellos a quienes se les debe dinero en el curso normal de las transacciones comerciales o financieras. Estos acreedores no tienen ninguna garantía específica o preferencia legal sobre los bienes del deudor en caso de incumplimiento o quiebra. Son clasificados como tal en procedimientos concursales como el de la Ley de la Segunda Oportunidad. Algunos ejemplos comunes de acreedores ordinarios son:

  • Proveedores: Los proveedores de bienes o servicios son acreedores ordinarios. Pueden incluir fabricantes, mayoristas, minoristas u otros proveedores con quienes una empresa o individuo tenga una relación comercial regular.
  • Empleados: Los empleados que no tienen ningún tipo de garantía específica, como los acreedores laborales en caso de quiebra, son considerados acreedores ordinarios. Esto incluye los salarios, beneficios o cualquier otro pago adeudado a los empleados por sus servicios.
  • Instituciones financieras: En algunos casos, los bancos u otras instituciones financieras pueden ser considerados acreedores ordinarios si se les debe el pago de préstamos o créditos regulares que no están respaldados por garantías específicas.
  • Arrendadores: Los arrendadores de propiedades o bienes muebles que no tienen garantías específicas o preferencia legal son considerados acreedores ordinarios. Esto incluye los pagos de alquileres residenciales, comerciales o de cualquier otro tipo de arrendamiento.
  • Administraciones tributarias: En algunos países, las deudas fiscales, como los impuestos adeudados a las administraciones tributarias, se consideran acreedores ordinarios. Sin embargo, es importante destacar que en algunos casos, las deudas fiscales pueden tener ciertos privilegios o preferencias legales sobre otros acreedores.
  • Prestamistas sin garantía específica: Los prestamistas que otorgan créditos ordinarios sin ninguna garantía específica, como préstamos personales o tarjetas de crédito, se consideran acreedores ordinarios en caso de incumplimiento del pago.

La lista de acreedores recopila información importante para el proceso de la Ley de la Segunda Oportunidad, como por ejemplo, la identificación de cada persona o entidad a la que se le debe, la naturaleza y origen de la deuda, su monto y fecha de vencimiento, así como cualquier garantía asociada, ya sea personal o respaldada por algún bien específico.

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