
Caso de éxito de Ley de Segunda Oportunidad: cancelados casi 1,5 millones de euros en Valladolid
Un negocio familiar que no logró superar la crisis de 2008 dejó a un matrimonio de la provincia de Valladolid con una deuda que, lejos de desaparecer, se fue arrastrando durante más de quince años hasta alcanzar casi un millón y medio de euros.
En octubre de 2025, la pareja acudió a Soluciona Mi Deuda en busca de una solución a una situación económica que llevaba años condicionando sus vidas. Ahora, un Tribunal de Instancia de Valladolid les ha concedido la exoneración total de su deuda, que ascendía a 1.483.069 euros, permitiéndoles dejar atrás las consecuencias económicas de aquel negocio familiar.
Un negocio familiar, una crisis y una deuda que no dejó de crecer
La deuda de esta familia no venía de gastos personales ni de un nivel de vida por encima de sus posibilidades. Nació de un negocio familiar, financiado con créditos para mantener la actividad, que no sobrevivió a la crisis de 2008.
Cuando el negocio dejó de ser rentable, la deuda se quedó. Durante más de una década, los intereses, las costas judiciales y las sucesivas ventas de los créditos a fondos de recobro la fueron multiplicando. Cuando decidieron pedir ayuda, solo dos de los créditos vinculados al negocio suponían el 90% del total.
Así era su situación cuando llegaron a nosotros
Las cifras ayudan a entender por qué ellos mismos no veían salida:
- 1.483.069 euros de deuda, repartidos en 24 créditos con 18 entidades (bancos, financieras de consumo y fondos de recobro).
- 15 procedimientos judiciales abiertos, el más antiguo de 2008.
- Ningún bien a su nombre.
- El Ingreso Mínimo Vital como único sustento.
- Un menor a su cargo.
Con esos ingresos, pagar lo que debían les habría llevado unos 45 años sin gastar un solo euro en vivir.
El camino hasta la cancelación de sus deudas
El proceso siguió la vía de la Ley de Segunda Oportunidad y se desarrolló en varias fases:
- Preparación del expediente (octubre de 2025). Antes de presentar nada, el equipo estudió la situación de la familia y reunió toda la documentación: economía, patrimonio, acreedores y origen de cada deuda.
- Solicitud de concurso voluntario (febrero de 2026). Se presentó con memoria económica, inventario y relación de acreedores. Es el primer paso formal ante el juzgado.
- Declaración del concurso (mayo de 2026). Tras estudiar el caso, el juzgado confirmó que existía causa suficiente para abrir el procedimiento.
- Solicitud de exoneración (junio de 2026). Con el concurso declarado, se pidió formalmente la cancelación de la deuda que no se podía pagar.
- Requerimiento del juzgado y respuesta del equipo (junio-julio de 2026). Aquí llegó el momento decisivo, que explicamos a continuación.
- Auto de exoneración (septiembre de 2026). El juzgado concluyó el concurso y concedió la exoneración de toda la deuda. Ningún acreedor se opuso.
El giro del Tribunal Supremo que importa en este caso
Este caso se tramitó en un momento especialmente relevante. Las sentencias del Tribunal Supremo de febrero de 2026 han cambiado lo que se exige a quien pide la exoneración. Ahora, los juzgados deben comprobar de oficio la buena fe del deudor y pedir que justifique el origen de cada deuda en relación con los ingresos que tenía cuando la contrajo.
Eso fue exactamente lo que ocurrió. A finales de junio, el juzgado requirió a la familia que acreditara de dónde venía cada crédito y con qué ingresos contaban entonces.
¿Cómo ayudó Soluciona Mi Deuda?
El equipo de Soluciona Mi Deuda respondió al requerimiento en solo ocho días, con un análisis crédito a crédito apoyado en:
- La vida laboral.
- Las declaraciones tributarias.
- La facturación del negocio.
- El destino de cada financiación.
- Los certificados de antecedentes penales y de estar al corriente con Hacienda y la Seguridad Social.
No bastaba con decir que no podían pagar. Había que demostrar, con documentos, que las deudas tenían un origen explicable y que la familia había actuado de buena fe.
«Una deuda muy antigua o elevada no significa que no haya solución. En este caso, documentar con rigor el origen de cada crédito fue clave para que el juzgado reconociera la buena de la familia y concediera la exoneración total». Fátima Fernández, Directora Concursal de Soluciona Mi Deuda.
La jueza concluyó que la insolvencia se debía a “circunstancias ajenas a su voluntad” y que se trataba de un deudor de buena fe. Con ello, se exoneró la totalidad de la deuda.
Puedes consultar la resolución judicial que reconoce la exoneración de los 1.483.069 euros de deuda de este matrimonio.
Para la familia, el cambio es sobre todo cotidiano. Dejan atrás embargos y reclamaciones y pueden destinar sus ingresos a lo esencial, vivir y cuidar de quien depende de ellos.
Si llevas tiempo sin ver salida a tu situación, en Soluciona Mi Deuda estudiamos tu caso, analizamos tus opciones y te explicamos con claridad qué puedes hacer. Contacta con nosotros y revisamos tu situación.
Este caso se publica con el consentimiento del matrimonio, que ha pedido mantener el anonimato. Los resultados dependen de las circunstancias de cada persona y de la decisión de cada juzgado.
