Si estás divorciado o en proceso de separación, seguro que te has hecho la siguiente pregunta más de una vez: ¿qué ocurre si no puedo pagar la pensión alimentaria?
Y es que no hablamos de impuntualidad o incumplimiento en los turnos de visita, sino de algo mucho más básico y esencial: el quebrantamiento de la manutención de los hijos. Las consecuencias y soluciones a este problema son poco o nada conocidas, y como verás a lo largo del post, no es una cuestión baladí.
Vamos a darte los tips que necesitas para afrontar esta situación lo mejor posible, sin contratiempos ni sorpresas innecesarias. ¡Empezamos!
¿Es delito no pagar la pensión?
Sobra decir que SI. No cumplir con esta obligación es un tipo un delito de abandono, que en los casos más graves acaba en penas de prisión. Muchas veces se interpreta como una falta menor, cuando en realidad se trata de una cuestión espinosa.
Con esta guía conseguirás liquidar tus deudas sin necesidad de tener más ingresos.
Casos de impago de pensión alimentaria
- Impago voluntario: Este se produce cuando, aun disponiendo de los recursos económicos y materiales, el sujeto implicado decide no pagar. Las consecuencias pueden ser de tipo civil o penal, y dependerán del contexto y gravedad del incumplimiento (en tiempo y cuantía). Si se procede por la vía administrativa, tendrá lugar el embargo de bienes personales y cuentas bancarias, a fin de cubrir las cantidades pertinentes. Por el contrario, las denuncias pueden llevar a penas de carcel de 3 meses a 1 año, además del mencionado proceso de embargo.
- Impago involuntario. Cuando el afectado quiere pagar, pero no dispone de los recursos económicos y materiales para tal hecho. Este caso es menos embarazoso que el anterior, ya que no depende de la voluntad del sujeto, y normalmente se soluciona por medio de embargos. Si se observa un empeoramiento económico y laboral, es conveniente acudir cuanto antes al juzgado que fijó la pensión, de manera que puedan reformularse las condiciones iniciales.
Consecuencias civiles
La parte afectada por los impagos puede solicitar el inicio de un proceso civil. Este suele realizarse en el mismo juzgado que dictó la sentencia original, es decir, la que estableció las condiciones iniciales.
Ante esta situación, es recomendable llegar a un acuerdo con la mayor premura, aplazándose los pagos o eliminándose ciertas cuantías inasumibles. Cada situación requiere de una aportación de pruebas documentales, para contextualizar y llegar a resoluciones coherentes y que faciliten el cumplimiento.
Consecuencias penales
El artículo 227 del Código Penal establece que «el que dejare de pagar durante dos meses consecutivos o cuatro meses no consecutivos cualquier tipo de prestación económica en favor de su cónyuge o sus hijos, establecida en convenio judicialmente aprobado o resolución judicial en los supuestos de separación legal, divorcio, declaración de nulidad del matrimonio, proceso de filiación, o proceso de alimentos a favor de sus hijos, será castigado con la pena de prisión de tres meses a un año o multa de seis a 24 meses.(…)La reparación del daño procedente del delito comportará siempre el pago de las cuantías adeudadas«.
El delito de abandono de familia requiere de voluntariedad; es decir, es doloso y tiene como meta el incumplimiento de las obligaciones, de manera libre, consciente, y disponiéndose de los medios económicos y materiales necesarios. No se puede condenar con privación de libertad a quien no dispone de los recursos para cumplir con su deber, y además se le estaría imposibilitando el poder conseguirlos.
Si el progenitor no quiere asumir su rol y el desembolso económico que este supone, se evaluará la cantidad de mensualidades que hayan dejado de abonarse, y el tiempo de desobediencia respecto a las mismas. Entonces, el juez impondrá una pena de prisión y una serie de multas complementarias. Lo recaudado por medio de las mismas va directo a las arcas del Estado, nunca se destina al denunciante.
Otras consecuencias
- En el caso de sentencias por la vía penal, el delito de impago conlleva la aparición de antecedentes. Esta marca en el historial no solo tiene consecuencias de tipo laboral (a la hora de acceder a un cuerpo de funcionarios, por ejemplo), sino que también tiene un impacto de gran calado en lo referido a infracciones futuras, que ya no dispondrán de atenuante.
- El juez puede establecer el pago de las costas procesales, lo cual encarece el total y complica (más si cabe) la liquidez y solvencia de los afectados. Por eso, insistimos, es tan importante llegar a acuerdos previos.
- Si los impagos se repiten, en virtud del artículo 776.1º de la Ley 1/2000 de Enjuiciamiento Civil, pueden aplicarse multas coercitivas. De nuevo, todo deriva en un encarecimiento del montante, que supone una losa en la viabilidad monetaria del implicado o implicada.
¿Cuánto tarda en salir un juicio por impago?
No podemos dar datos precisos, ya que se trata de un proceso lento que puede demorarse varios meses. Es aconsejable cargarse de paciencia, el juicio tarda en salir y conviene mantener una visión firme y estratégica.
En esta guía aprenderás cómo conseguir que tu nombre deje de figurar en ASNEF de manera definitiva.
¿Pueden embargarme la nómina por no pagar la pensión alimenticia?
El Artículo 607 de la Ley de Enjuiciamiento Civil especifica un mínimo inembargable que equivale al salario mínimo interprofesional. Sin embargo, en el caso que nos atañe el juez puede fijar las cantidades que estime oportuno, con independencia de la situación laboral del acusado o acusada.
Inicialmente, ley establece la inembargabilidad de salarios en base a la dignidad a la persona y la protección a la familia, asegurando un mínimo de subsistencia viable.
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