Acoso telefónico por deudas. ¿Es legal?

Fernando, director ejecutivo en Soluciona Mi Deuda
Fernando, director ejecutivo en Soluciona Mi Deuda

Dada la situación actual de la economía española, con muchas personas trabajando en condiciones muy precarias; sueldos bajos, contratos temporales, falsos autónomos… es bastante normal verse en una situación de endeudamiento a la que no se pueda hacer frente, la cual puede derivar en acoso telefónico.

Debido a esto en los últimos años han proliferado en España las llamadas empresas de recobro, que básicamente son “call centers” que se dedican a tratar de ponerse en contacto con las personas que no pueden hacer frente a sus deudas para tratar de hacer que regularicen su situación. A este tipo de empresas es a dónde acuden bancos, financieras y fondos de inversión para externalizar estos servicios tan poco gratificantes y susceptibles de ser vistos como una publicidad negativa hacia su marca.

Muchas de estas empresas, no en pocos casos, acaban utilizando métodos fuera de la ley llegando a ocasionar serios perjuicios sobre las personas que lo sufren.

Estas prácticas muchísimas veces se acaban convirtiendo en un acoso constante sobre personas que se encuentran en una situación de vulnerabilidad dado a que no tiene dinero para hacer frente a sus deudas, y por supuesto, tampoco lo tienen para pagar abogados que los defiendan cuando esto se acaba convirtiendo en una verdadera pesadilla.  

Para saber hasta qué punto su forma de actuar está amparada por la ley y cuál es la mejor forma de protegernos, queremos compartir contigo este post en el que vamos a informarte de lo necesario para hacer frente a este acoso telefónico, además de consejos que estamos seguros de que agradecerás.

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Las empresas de reobro y el acoso telefónico

Esta práctica, cada vez más común y molesta inquieta ya a una gran parte de la población española. Es complicado encontrar a alguien que no haya ya sufrido alguna vez este tipo de spam telefónico.

¿Qué es una empresa de recobro?

Como hemos explicado antes estas empresas trabajan para los bancos, las financieras e incluso las compañías de telefonía. Estas empresas, aunque muchos trabajadores del banco te digan lo contrario (por desconocimiento simplemente) raramente recurren, como primera instancia, al juzgado cuando tienen una deuda impagada. Sino que, cuando un determinado cliente ha vencido el plazo previsto que le dan para regularizar su situación directamente con su oficina o con quién tratara habitualmente, normalmente alrededor de 3 meses, es cuando pasan el expediente a las mencionadas agencias externas de recobro.

Es entonces cuando estas empresas empiezan a actuar, cuando las entidades financieras depositan en ellas la responsabilidad de cobrar las deudas impagadas. A cambio, un porcentaje importante de lo que consigan recobrar va a parar a manos de estas entidades y del agente al que le haya correspondido conseguirlo en forma de bono que se sumará a su salario base. Por lo que mientras más recobren, más se llevan.

Estas personas, los gestores de recobro, que se dedican a la tratar de recuperar las deudas impagadas normalmente duran bastante poco en este tipo de trabajos, considerados de alta rotación, por lo que normalmente no tienen mucho tiempo para formarse en el puesto y simplemente llaman repitiendo consignas rápidamente aprendidas.

Evidentemente, es su deber y es completamente entendible que bancos y financieras quieran recuperar el dinero que han prestado a sus clientes cuando estos más lo necesitaban. Lo que resulta reprochable, en muchas ocasiones, es que las empresas en las que les confían estas tareas en muchos casos recurren a usar prácticas abusivas que en numerosos casos pasan de lo que legalmente puede estar permitido.

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¿Cómo funciona este acoso telefónico?

Si te has quedado en impago en alguna ocasión habrás visto cómo has pasado por las distintas etapas que aquí detallaremos. Si bien pueden existir ligeras diferencias en las prácticas entre una empresa y otra, las etapas por las que se pasa son bastante similares a lo que aquí vamos a describir. 

En todo momento, en esta entrada, estamos hablando de deudas sin garantías reales (como por ejemplo una hipoteca), ya que en estos casos la forma de actuar suele ser distinta.

Cuando te acabas de quedar en impago, normalmente no hay demasiado problema ya que esperan que sea un retraso y que te vas a poder poner al día en poco tiempo. Lo que suele pasar, es que te llame el gestor de tu banco o alguien de atención al cliente para informarse amablemente de qué ha pasado y ver cómo resolver la situación.

Si puedes negociar algo con tu banco, este es el punto en el que te resultará más sencillo, ya que si tienes posibilidad de llegar a algún acuerdo en las condiciones de tu financiación podrás hablarlo directamente con tus gestores de siempre que ya conocerán tu situación y estarán abiertos a ello. Aunque, muchas veces, estas negociaciones no llegan a ningún punto así que pasados alrededor de tres meses, el banco pasa tu deuda a las empresas de recobro.

Normalmente, a partir de estos tres meses de impago, el banco o la financiera, tiene derecho, por contrato, a reclamarte la totalidad de la deuda y no solo lo impagado. Aquí es cuando entran los gestores de recobro y es cuando el tono cambia. Si antes no podías pagar solo lo impagado, ahora pretenden que pagues todo de golpe… y en muchos casos lo consiguen. ¿Cómo?, eso lo explicaremos a continuación.

Ahora es cuando verdaderamente comenzará tu verdadero dolor de cabeza. Las llamadas serán continuas y los tonos de las conversaciones serán amenazantes. Usualmente comienzan a salirse de los horarios normales para tratar de molestarte todo lo que puedan interrumpiendo almuerzos, cenas, reuniones familiares e incluso, el propio sueño. Comienzan también las llamadas constantes a familiares, vecinos, e incluso a tu centro de trabajo. Muchas veces informan o dejan entrever a todos ellos la situación en la que estás e incluso llegan a instar a tus familiares a pagar por ti.

Estos nuevos gestores de tu deuda te repetirán hasta la saciedad que vas a ser demandado o incluso que van a embargar tus bienes, y te pondrán plazos para que pagues lo que te digan, intereses de demora incluidos (muchas veces reclamables), con la amenaza de que si no pagas serás inmediatamente llevado al juzgado y caerá sobre ti la mayor de las desgracias. Te repetirán esto a ti, y muchas veces a tus familiares también, semana tras semana y plazo tras plazo, muchos gestores distintos.

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¿Es legal el acoso telefónico?

En cuanto al marco legal en el que está el acoso por deudas sufrido por las personas que están en esta situación, España es el único país de la Unión Europea que no tiene una regulación específica para este tipo de empresas. Existe un vacío legal importante que permite a estas empresas usan muchas técnicas de recobro bastante reprochable, y que, en caso de ser denunciadas, para que esta denuncia prosperara tendría que salirse de lo legislado contra cualquier tipo de acoso. Dentro de las prácticas no legales pero difíciles de denunciar que hacen este tipo de empresas se encuentran estas llamadas excesivamente reiteradas y en horas inadecuadas al deudor y a su entorno cercano.

Otra cuestión en la que pueden saltarse la legalidad vigente es en materia de protección de datos. Estas empresas no deben dejar al descubierto tu situación de morosidad a otras personas que no sean el titular, o avalista si hubiese, de la deuda a la que hacen referencia. Esta es una normativa que se saltan en muchas ocasiones.

En general, podría llegar a considerarse ilícita cualquier acción por parte de la agencia de recobro que amenace o coaccione al deudor, pero habría que demostrar los perjuicios causados por la misma.

En Soluciona Mi Deuda sabemos que muchas personas están muy indefensas ante esta situación, por lo que prestamos asesoramiento legal y financiero, así como una serie de servicios legales, todos enfocados en que puedas salir de una situación de sobreendeudamiento en las mejores condiciones posibles.

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